Formulario de registro de centro de buceo


Formulario de registro de centro de buceo

PREÁMBULO

  1. SNSI ha desarrollado y registrado con derechos de autor un sistema educativo compuesto por materiales didácticos para la formación de buceadores recreativos, buceadores técnicos y apneístas. Para facilitar el proceso de formación, SNSI concede a los centros de formación de buceo cualificados el derecho a utilizar el SNSI Educational System.
  2. Los productos SNSI se venden a centros SNSI autorizados que hayan demostrado, a satisfacción de SNSI, su capacidad para vender productos SNSI a sus alumnos y aplicar el sistema SNSI.
  3. Los centros de buceo SNSI se evalúan anualmente para verificar que tienen la capacidad de enseñar el SNSI Educational System y de cumplir las responsabilidades descritas en este acuerdo.
  4. El centro de buceo solicitante desea convertirse en un centro de buceo SNSI autorizado para vender productos SNSI según lo establecido en este Acuerdo.

ACUERDO

Las partes acuerdan mutuamente lo siguiente:

A. VIGENCIA.

Este acuerdo entrará en vigor tras la aceptación por parte de SNSI y se renovará automáticamente hasta que SNSI lo rescinda, a su entera discreción, en caso de que:

  • El centro de buceo incumpla cualquier pago debido a SNSI por productos o servicios adquiridos a SNSI y dicho incumplimiento no se subsane en un plazo de 30 días.
  • El centro declare ante una compañía de tarjetas de crédito que no reconoce un cargo de SNSI sin haber contactado antes con SNSI para aclarar los cargos en cuestión.

B. OBLIGACIONES DE SNSI.

Tras la aceptación del centro de buceo solicitante, SNSI concederá al centro el derecho a operar como SNSI Diving Training Center, Charter Boat, centro educativo, Resort o instalación gubernamental, y a impartir programas de formación SNSI utilizando el SNSI Educational System en las instalaciones de formación indicadas en este Acuerdo.

C. OBLIGACIONES DEL CENTRO DE BUCEO.

  1. Cumplimiento de los estándares SNSI.El centro de buceo se compromete a impartir el programa de formación de buceadores SNSI en estricta conformidad con los estándares y procedimientos SNSI vigentes. Es responsabilidad del centro conservar una copia de los estándares más recientes y cumplirlos. El centro se compromete a respetar las normas, reglamentos y demás requisitos que SNSI tenga establecidos actualmente o establezca en el futuro.
  2. Promoción. El centro se compromete a exhibir los logotipos de SNSI en su centro de buceo y en su sitio web, a utilizar los materiales promocionales de SNSI y a hacer todo lo posible por presentar siempre el sistema educativo SNSI de forma positiva y en la mejor luz posible al dirigirse a posibles clientes.
  3. Formación de buceadores. El centro se compromete, al impartir cualquier nivel de los programas de formación de buceadores SNSI para certificaciones, a utilizar el SNSI Educational System y a emitir certificaciones SNSI. Para acreditarse como centro de buceo SNSI, el centro se compromete a tener al menos un instructor SNSI con certificación vigente afiliado al centro de buceo.
  4. Registros. Si no utiliza al 100 % el sistema online SNSI eLearning, el centro deberá completar fielmente todos los registros de formación en papel, conservarlos para todos los alumnos durante un mínimo de cinco (5) años y, previa solicitud por escrito, facilitar el acceso a dichos registros a la sede central de SNSI o al personal de la compañía de seguros. Si el centro vende o cierra su establecimiento, los registros de alumnos en papel se transferirán a otro centro SNSI designado por SNSI o se devolverán a la sede central de SNSI, a cargo del propio centro. El centro deberá contactar con la oficina de SNSI para decidir el destino final de los registros.
  5. Instructores y Divemasters. El centro exigirá a todos los instructores SNSI y Divemasters que enseñen buceo activamente y emitan tarjetas de certificación SNSI a través de su negocio que: (1) estén al día y en regla con SNSI, y (2) tengan un seguro de responsabilidad civil profesional vigente y presenten un justificante del seguro (cuando se requiera).
  6. Instructores asociados. Un instructor asociado puede trabajar bajo el amparo de un centro SNSI, pero no está obligado a impartir la formación en las instalaciones del centro por motivos logísticos. El centro no puede recurrir a instructores asociados fuera de su zona comercial sin el consentimiento previo por escrito de la oficina de SNSI.
  7. Ética. El centro se compromete a mantener los más altos estándares éticos.

D. DISPOSICIONES GENERALES

  1. Supervisión de instructores y Divemasters. El centro reconoce que la oficina de SNSI no puede estar presente para controlar las actividades docentes de los instructores del centro. El centro entiende y acepta que es su responsabilidad controlar y supervisar a todos los instructores SNSI y Divemasters afiliados al centro, para garantizar que los instructores cumplan los estándares de formación SNSI y los términos de este acuerdo.
  2. Control. El centro de buceo SNSI y/o el representante designado por el centro de buceo SNSI se comprometen a diseñar y establecer un sistema de control y supervisión para sus profesionales de la enseñanza SNSI.
  3. Certificación. Es responsabilidad exclusiva del centro de buceo SNSI y de sus instructores garantizar que toda persona que reciba una certificación SNSI cumpla todos los criterios establecidos en los estándares SNSI vigentes. El centro de buceo SNSI se compromete además a no emitir certificaciones a ninguna persona que no cumpla, de cualquier forma, tanto el espíritu como la letra de los estándares SNSI.
  4. Modificación del sistema de enseñanza. (Los estándares generales de formación contemplan la posibilidad de modificar el sistema de formación SNSI). Cualquier solicitud de excepción a los estándares de formación SNSI vigentes debe enviarse a [email protected].

E. RESCISIÓN

Si el centro SNSI no cumple la totalidad de este Acuerdo, SNSI se reserva el derecho a rescindirlo mediante notificación por escrito al centro.